La Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana dejó sin efecto las sentencias que respaldaban la resolución emitida por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) sobre el roaming automático nacional.
Esta normativa permite a los usuarios conservar la cobertura móvil en zonas donde su proveedor principal no ofrece señal. Además, el alto tribunal ordenó que el caso sea conocido nuevamente por un tribunal distinto.
Las decisiones fueron dictadas el pasado 30 de septiembre por la Tercera Sala de la Suprema Corte, en respuesta a los recursos legales presentados por las compañías Altice Dominicana y Compañía Dominicana de Teléfonos (Claro) en contra del reglamento 070-2023, aprobado por Indotel en julio de ese mismo año.
En su fallo, la Corte señaló que el Tribunal Superior Administrativo (TSA), que previamente había desestimado las demandas de las telefónicas, no abordó argumentos fundamentales expuestos por las partes recurrentes.
“El hecho de que un tribunal no se pronuncie sobre aspectos esenciales del recurso constituye una falta de motivación, lo cual compromete la calidad de la justicia material”, se lee en la sentencia, firmada por el presidente de la sala, magistrado Manuel Alexis Read Ortiz, junto a los jueces Moisés A. Ferrer Landrón y Anselmo Alejandro Bello.