



La existencia de un trastorno de salud mental no libera de forma automática a una persona de enfrentar un proceso judicial. La decisión depende de la valoración que haga un juez sobre los informes médicos y periciales para determinar si el imputado comprendía la ilicitud de sus actos o si corresponde declararlo inimputable, explicó la abogada constitucional Maribel Reyes.
La jurista señaló que corresponde al tribunal analizar cada caso de manera individual y establecer si el agresor tenía capacidad para discernir entre el bien y el mal al momento de cometer el hecho.
“Hemos cometido errores porque no estamos preparados; hablar de salud mental en la República Dominicana sigue siendo un tabú y muchas veces es lo último que se toma en cuenta para juzgar a una persona”, sostuvo Reyes durante una entrevista en CDN 37.
Indicó que, si los peritajes médicos certifican que el imputado no tenía capacidad para comprender sus acciones, el juez puede acoger esa condición y ordenar medidas de protección y tratamiento. Explicó que, en determinados casos, también puede tramitarse la interdicción de la persona conforme a la legislación vigente, para que un familiar o tutor asuma su cuidado y supervisión.
Reyes citó como ejemplos los casos de la doctora Ana Josefa García Cuello, acusada de matar a su hija de seis años; una madre que se lanzó desde un cuarto piso junto a su hija de cinco años; y Jean Andrés Pumarol, acusado de matar a una mujer y herir a varias personas en un edificio del ensanche Naco.
Sobre este último caso, recordó que la defensa solicitó que fuera tratado como inimputable, mientras el Ministerio Público pidió que respondiera penalmente.
Para la especialista, estos procesos evidencian la necesidad de unificar criterios en los tribunales.
Agregó que el sistema judicial puede corregir errores mediante los recursos de apelación, pero insistió en la necesidad de establecer protocolos claros que garanticen tanto los derechos de las personas con trastornos mentales como la protección de la sociedad.